Lactancia
La Constitución Política Mexicana y la Ley Federal del Trabajo exigen a los empleadores otorgar a las nuevas madres 2 descansos de 30 minutos para alimentar a sus hijos hasta que tengan los 6 meses de nacidos. El empleador asimismo debe facilitar un lugar adecuado e higiénico para las mujeres trabajadoras en periodo de lactancia. Si tal lugar no está disponible en los lugares de trabajo, el horario de las trabajadoras será reducido una hora.
Fuentes: § 123-A-V de la Constitución Política Mexicana, § 170 (6) de la Ley Federal del Trabajo