Vacaciones

This page was last updated on: 2023-06-20

Pago de vacaciones / Vacaciones anuales

La Ley Federal del Trabajo garantiza las vacaciones anuales dependiendo de la antigüedad del trabajador o el tiempo de servicio. De este modo:
i. 6 días laborales cuando la antigüedad es de un año de servicio
ii. Por los siguientes 3 años, el periodo vacacional se incrementa 2 días por cada año de servicio, de modo que cuando un trabajador completa los 4 años de servicio, la duración de las vacaciones anuales es de 12 días naturales.
iii. Al término de cada 5 años de servicio, el trabajador tiene derechos a 2 días adicionales de vacaciones anuales 

Por lo tanto un trabajador con 5 años de servicio en México tiene derecho a 14 días hábiles como vacaciones anuales. Las vacaciones anuales no pueden ser reemplazadas con remuneración y pueden hacer uso de al menos 6 días de licencia continua. Se requiere que a los trabajadores se les den sus vacaciones anuales dentro de los seis meses posteriores a cumplir el año laboral. La Ley Laboral no establece el periodo mínimo de vacaciones anuales y dice que si la relación de trabajo se termina antes de completar el año, el empleado tiene derecho a recibir un salario en proporción al tiempo de servicio. Las vacaciones anuales son totalmente pagadas y a los trabajadores se les paga un bono especial de 25% por el periodo de festividades adicional a su pago.

Los trabajadores tienen derecho a tomar sus vacaciones anuales en los 6 meses siguientes a cumplir el año laboral de referencia. El el empleador tiene que emitir un registro anual para cada trabajador indicando su antigüedad en el servicio, período de derecho a vacaciones (dependiendo de la antigüedad) y las fechas en que puede tomarse. Se permite dividir las vacaciones anuales y los trabajadores tienen el derecho a disfrutar de forma continua al menos 6 días de vacaciones anuales. No está permitida la compensación económica de las vacaciones, excepto en el caso de que la relación laboral termine antes del disfrute de las mismas.

Fuentes: § 76-81 de la Ley Federal del Trabajo

Pago de días festivos

Los trabajadores tienen derecho a descansar con goce de sueldo durante los días festivos (públicos y religiosos). Estos incluyen fiestas conmemorativas y fiestas religiosas (origen cristiano). Los días festivos son por lo general siete (7). Los Feriados Nacionales en México caen en dos categorías. Días feriados obligatarios (descanso obligatorio) y Dias feriados otorgados usualmente (comúnmente concedidos).

Los comúnmente otorgados incluyen la Batalla de Puebla, el día de la Madre y de Nuestra Señora de Guadalupe.

Los días de descanso obligatorio son:

01 de enero, El primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero (día de la Constitución), El tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo (conmemoración de Benito Juárez), 01 de mayo, 16 de septiembre; El tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre (Día de la Revolución); el 25 de diciembre; y los días de elecciones locales y federales aunque éstas tienen lugar en domingo.

Fuentes: §74 de la Ley Federal del Trabajo

Día de descanso semanal

El periodo de descanso semanal se otorga bajo la Ley Federal del Trabajo. Cada trabajador tiene derecho a tener un descanso semanal de 24 horas. El día de descanso semanal es el domingo. En trabajos que requieren continuidad laboral, el empleado como el empleador deben llegar a un acuerdo para convenir otro día como día de descanso semanal. Ningún trabajador debe trabajar más de seis días consecutivos sin un día de descanso.

La Ley Federal del Trabajo prevé un descanso diario de 30 minutos para los trabajadores adultos. Por otra parte, los trabajadores jóvenes y adolescentes tienen derecho a una pausa de descanso de al menos una hora entre dos períodos de trabajo el mismo día. Los trabajadores domésticos también tienen derecho a disfrutar de suficientes descansos en un día de trabajo para tomar las comidas y descansar por la noche.

El período de descanso diario al finalizar el día de trabajo no está claramente establecido en la Ley Federal del Trabajo.

Las trabajadoras domésticas son aquellas que proporcionan servicios de limpieza, asistencia y otros servicios inherentes al hogar de una persona o familia. Las trabajadoras domésticas deben ser registrados por sus empleadores en el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), deben disfrutar de un descanso nocturno mínimo de 9 horas consecutivas diarias y un descanso diario mínimo de 3 horas entre los turnos de mañana y tarde. Los períodos durante los cuales los trabajadores domésticos no disponen libremente de su tiempo y permanecen disponibles para el hogar para responder a los posibles requisitos de su trabajo se consideran horas de trabajo. Las trabajadoras domésticas deben recibir un día y medio de descanso semanal. El pago del salario en especie (alojamiento y comida) no debe ser más del 50% del salario total. El contrato de trabajo doméstico puede ser rescindido por cualquiera de las partes después de dar un aviso de 8 días.

Fuentes: §63, 69-71, 177, 333-342 de la Ley Federal del Trabajo

Regulaciones sobre vacaciones:

  • Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos 1917, última modificación en 2010 / Political Constitution of Mexico 1917, last amended in 2010
  • Ley Federal de Trabajo 1970, modificada en 2012 / Federal Labour Law 1970, amended in 2012

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